jueves, 21 de agosto de 2008

Pago con tarjeta de crédito



Felipe Ciprián

En el país hay negocios (para no confundirlos con empresas) que ponen obstáculos a clientes cuando se proponen pagar con tarjetas de crédito para forzarlos a hacerlo en efectivo. El recurso más común, pero no el único, es cobrar entre 5 y 7% extra al cliente cuando usa “dinero plástico”.
Algunos comerciantes explican que solo tratan de acumular efectivo porque los bancos que otorgan las tarjetas tardan mucho tiempo para acreditar los consumos reportados.
Otra razón es que con la tarjeta el pago del Itbis es automático, mientras que cuando es en efectivo es posible -ilegalmente- burlar el pago de impuestos.
La ley 385-05 que crea la Dirección General de Protección de los Derechos del Consumidor establece, en su artículo 87, que “los precios no podrán ser modificados en función del medio de pago utilizado”.
Como es tan frecuente que a los clientes los traten de obligar a pagar en efectivo cuando su deseo es usar tarjeta, sugiero al consorcio CARDNET y a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) que adopten una reglamentación que incluya: Primero, una advertencia clara a las empresas que deciden aceptar pagos con tarjetas de crédito de que no insinuarán al cliente que pague en efectivo y en los casos que se compruebe esa práctica, se retira de inmediato y en forma definitiva, la posibilidad de hacer operaciones a través de ese medio de pago.
En casos reiterativos, esos comerciantes también deben ser excluidos de obtener tarjetas de crédito para su uso personal o de negocios, porque es casi seguro que ellos no aceptarán pagar extra por compras mediante dinero plástico.
Segundo: CARDNET debe colocar avisos en lugares visibles para advertir a los clientes que el comerciante no puede cobrar montos extras al pagar con tarjeta de crédito y dar un número telefónico y una dirección para reportar ese tipo de denuncias, las que deberán ser investigadas y de ser ciertas proceder de inmediato a retirar el servicio de cobro con tarjeta e informar a la DGII y a Proconsumidor.
En los casos en que DGII y Proconsumidor comprueben que un negocio ha hecho cobros extras por pago con tarjeta de crédito, la primera debe hacer una revisión del comportamiento fiscal de la empresa y el segundo actuaría de acuerdo con lo que dispone la ley de protección al consumidor.

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